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Las regiones de la PAC

Los derechos de pago básico de la PAC pueden llegar a ser una parte esencial en los ingresos de una explotación. En España existen 50 regiones con 316 comarcas.

A diferencia de Europa, en España se mantienen los derechos históricos y, lejos de converger en todo el país, se han creado 50 regiones artificiales con valores medios que van de 60 a 1.430 euros. El valor medio de los derechos de pago básico es de 113,64 € en tierras con cultivo permanente.

¿Por qué esta segmentación? 

En vista de la resistencia de los Estados miembros a cambiar las diferencias de valor entre derechos, en 2013 se acordó una nueva reforma para acercar derechos con valor más bajo a derechos con valor más alto; la convergencia. Esta reforma entró en vigor en 2015. Lejos de converger desde el derecho más alto hacia el más bajo en toda la superficie subvencionable, en España se crearon 50 regiones artificiales (no se corresponden con territorios administrativos sino que pueden pertenecer a una misma región hectáreas de cualquier punto de la geografía española) agrupadas según criterios el potencial agrícola y la estructura administrativa; de esta manera los derechos de pago único, pasaron a llamarse pago básico, y siguieron basados en lo recibido en el pasado.

Las regiones se reparten según cuatro tipologías (regadío, secano, cultivo permanente y pasto permanente). La convergencia entre los derechos más altos y los más bajos se hace dentro de cada región, no entre regiones. Eso supone diferencias enormes a nivel país ya que una región que tiene un pago básico medio por hectárea de 60 euros y ese es su horizonte de convergencia para quien tenga un valor por derecho inferior, y otra que tiene de media 1.430 euros por hectárea, y es hacia esa media hacia la que convergen quienes tengan un valor por derecho más bajo. En la práctica, además, cada media obedece de nuevo a unas amplísimas horquillas dentro de cada región.

En número le siguió Alemania, que partió de 13 regiones en 2015 para converger en una en 2019. El resto de países como mucho escogió un modelo de tres regiones, acogiéndose la mayoría a una única región lo que marca una clara diferencia con la división española.

Estamos especializados en las siguientes regiones. 

Tierras de cultivo de secano; Tierras de cultivo de regadío; Cultivos permanentes; Pastos permanentes; Región balear.

Regiones de Derechos:

Derechos de Pago Básico de Pastos: 103 o 1.3, 203 o 2.3, 303 o 3.3, 403 o 4.3, 503 o 5.3, 603 o 6.3, 703 o 7.3, 803 o 8.3, 1103 o 11.3, 1203 o 12.3.

Secano: 201 o 2.1, 301 o 3.1, 401 o 4.1, 501 o 5.1, 601 o 6.1, 701 o 7.1, 801 o 8.1, 9.1 o 901.

Derechos PAC Regadío: 1001 o 10.1 , 1101 o 11.1 , 1201 12.1 , 1301 o 13.1 , 1401 o 14.1 , 1501 o 15.1 , 1601 o 16.1, 1701 o 17.1 , 1801 o 18.1 , 1901 o 19.1, 2001 o 20.1, 2101 o 21.1, 2201 o 22.1 , 2301 o 23.1, 2401 o 24.1.

Otras regiones de pago básico: 102 o 1.2, 202 o 2.2, 302 o 3.2, 402 o 4.2, 502 o 5.2, 602 o 6.2, 702 o 7.2, 802 o 8.2, 902 o 9.2, 1002 o 10.2, 1102 o 11.2, 1202 o 12.2, 1302 o 13.2, 1702 o 17.2, 1802 o 18.2, 1902 o 19.2, 2002 o 20.2, 2102 o 21.2).

  • Región 0201
  • Región 0301
  • Región 0401
  • Región 0501
  • Región 0601
  • Región 0701
  • Región 0801
  • Región 0901
  • Región 1001
  • Región 1101
  • Región 1201
  • Región 1301
  • Región 1401
  • Región 1501
  • Región 1601
  • Región 1701
  • Región 1801
  • Región 1901
  • Región 2001
  • Región 2101
  • Región 2201
  • Región 2301
  • Región 2401
  • Región 0102
  • Región 0202
  • Región 0302
  • Región 0402
  • Región 0502
  • Región 0602
  • Región 0702
  • Región 0802
  • Región 0902
  • Región 1002
  • Región 1102
  • Región 1202
  • Región 1302
  • Región 1402
  • Región 1502
  • Región 1602
  • Región 1702
  • Región 1802
  • Región 1902
  • Región 2002
  • Región 2102
  • Región 0103
  • Región 0203
  • Región 0303
  • Región 0403
  • Región 0503
  • Región 0603
  • Región 0703
  • Región 0803
  • Región 0903
  • Región 1003
  • Región 1103
  • Región 1203
  • Región 1303
  • Región 2222

La Convergencia

La primera convergencia en España en la PAC actualmente en vigor se produjo con las solicitudes de 2019. La segunda, entrará en vigor con la nueva PAC en 202. Los derechos que estén por debajo de la media de su región PAC se incrementan en un 25% de la diferencia hasta esa media y ningún pago básico puede estar por debajo del 70% de la media de su región. En 2022 se repetirá la operación (se aumenta un 25% de la diferencia con la media de la región al que esté por debajo) y ningún derecho de pago básico podrá quedar por debajo del 80% de la media de su región.

La futura PAC de 2023

Se ha planteado un esquema de 20 regiones, repartidas igualmente en los cuatro tipos de cultivos ahora en vigor más Baleares. Se repetirá la filosofía seguida hasta ahora. Se establecerán medias en cada región y en 2026 ningún beneficiario podrá tener derechos por debajo del 85% de la media de su región. En la propuesta se asegura que en 2027 se continuará con la convergencia con la idea de alcanzar en 2029 “la convergencia plena”.

¿Se pueden ceder los derechos de pago básico?

A partir de la campaña 2015, todos los derechos de pago básico podrán cederse, con la única limitación de que sólo podrán transferirse y activarse dentro de la misma región donde fueron asignados, y que cedente y cesionario cumplan la condición de agricultor activo. Además resulta novedoso, que los derechos de pago básico puedan transferirse de forma permanente o temporal sin tener que estar vinculados a una cesión de tierras, ya que en el régimen de pago único no se podían ceder derechos sin tierras de forma temporal.

Asimismo, en España se ha tratado de simplificar los mecanismos de peajes existentes de las cesiones de derecho, de tal forma que únicamente existirá un peaje del 20 % del valor del derecho cedido, en el caso de las cesiones de derechos sin tierras, cuyo importe pasará a favor de la Reserva Nacional.

No obstante, en el caso de que un agricultor haya visto reducida su superficie en alguna de las regiones donde tenía asignados derechos de pago básico, como consecuencia de la intervención pública vinculada a un proceso de expropiación forzosa o un programa público de concentración parcelaria, tendrá la posibilidad de transferir mediante arrendamiento o compraventa sin tierras, los derechos afectados por esta situación, sin aplicársele ningún tipo de retención sobre el valor de los derechos cedidos a favor de la Reserva Nacional, a efectos de que no se vea perjudicado por la imposibilidad utilización de esos derechos.

En cuanto al periodo para comunicar las cesiones de derechos de pago básico, en la campaña 2022 el periodo de comunicación de cesiones se iniciará el 1 de febrero y finalizará cuando termine el plazo de presentación de la solicitud única.

España es uno de los países que cuenta actualmente con un límite presupuestario más alto para el pago básico.
Ponte en contacto con nosotros para poder conseguir derechos de pago básico de la PAC.